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La Corte modifica nuevamente su legislación restrictiva de los escritos de los abogados.

La Corte Suprema de Justicia de Santa Fe puso en vigencia otro nuevo reglamento para la presentación de escritos judiciales. El parche continúa la saga de la inseguridad jurídica. La medida, que morigera muy poco y mantiene la limitación de extensión y formato, generó inquietud en el foro. La acotada revisión se canalizó a través de los colegios de abogados de la provincia menos consustanciados con la nueva composición del mÔximo tribunal surgida en la gestión del actual gobernador.

logo-federacion-colegios-santa-fe-1024x1024 La Corte modifica nuevamente su legislación restrictiva de los escritos de los abogados.

En una legislación emanada de la Corte Suprema de Justicia de Santa Fe mediante «actas acuerdos», se impusieron nuevas restricciones para la presentación y contestación de demandas ante los tribunales de primera instancia.
La normativa —vigente desde el 1Āŗ de noviembre— restringe severamente la capacidad jurĆ­dica de los escritos firmados por los abogados. TambiĆ©n legisla que, en caso de incumplimiento, el juez pueda intimar a subsanar el defecto en dos dĆ­as hĆ”biles, bajo apercibimiento de considerar el escrito no presentado. Lo cual consulta una gravedad evidente.

Estas disposiciones fueron dictadas por el mÔximo tribunal provincial y no constituyen legislación promovida o consensuada con los colegios de abogados según estos aseveraron. Se trata de una decisión jurisdiccional con alcance general que no fue emanada por el Poder Legislativo.

La controversia comenzó cuando a partir del 21 de julio los abogados se comenzaron a quejar por la sorpresiva legislación jurisdiccional y un grupo de juristas alertó sobre las ā€œReglas para la interposición de recursos ante los órganos jurisdiccionalesā€ dictadas por la Corte provincial, que limitan fuertemente la extensión de escritos y establecen sanciones drĆ”sticas ante incumplimientos formales.

El anĆ”lisis doctrinal publicado por Casa de Abogados bajo el tĆ­tuloĀ ā€œĀæAcomodar el cuerpo al traje o el traje al cuerpo?ā€Ā advirtió que el nuevo esquema puede vulnerar derechos constitucionales como el acceso a la justicia y el derecho de defensa, y cuestionó si la Corte tiene competencia para imponer este tipo de disposiciones procesales radicales.

Mucho tiempo despuĆ©s, el 23 de octubre, la presidencia delĀ Colegio de Abogados de Rosario hizo pĆŗblica una nota enviada a la Corte santafesina, pidiendo ā€œrevisar y suspenderā€ la aplicación de esas reglas. El comunicado, difundido en el sitio institucional colabro.org.ar, reconoce que la normativa puede afectar el derecho a peticionar y el ejercicio profesional de los abogados.

Sin embargo, la Corte no solamente no introdujo modificaciones sino que amplió las restricciones y esta última medida habría comenzado a regir en los plazos previstos. Los trabajadores judiciales cuentan que sufren también del desconcierto a la hora de proveer. Tal como señaló Casa de Abogados en una publicación anterior, esta situación representó un nuevo revés para la gestión del Colegio de Abogados de Rosario.

Ahora bien, la nueva y acotada revisión que motiva esta nota se canalizó a través de los colegios de abogados de la provincia menos consustanciados con la nueva composición del mÔximo tribunal surgida en la gestión del actual gobernador. La Federación de Colegios de Abogados de la Provincia de Santa Fe según sus objetivos estatutarios, busca unificar criterios y canalizar una respuesta colectiva del foro profesional.

En tal sentido, el gobierno del Colegio de Abogados de Rosario reconoció que fueron ā€œlas gestiones realizadas por la Federación de Colegios de la AbogacĆ­a de Santa Feā€ e informó que ahora ā€œla Corte Suprema de Justicia de Santa Fe resolvió, mediante el Acta NĀŗ 41/25 disponer que, en los casos de mayor complejidad, la parte podrĆ” extenderse en el lĆ­mite fijado.

Asimismo, eliminó los apercibimientos de tener por no presentados los escritos que no cumplimenten los requisitos exigidos disponiendo que el Juez intimarĆ” a la parte para readecuar y subsanar la presentación en el tĆ©rmino de tres dĆ­as hĆ”biles, sin especificar sanción alguna por el incumplimientoā€.

Para la nueva Corte, las ā€œreglasā€ apuntan a mejorar la eficiencia y la claridad de las presentaciones judiciales, dentro de una polĆ­tica de modernización y digitalización del sistema.

No obstante, entre profesionales del derecho, juristas y entidades colegiales persisten duras impugnaciones constitucionales sobre los efectos reales de la legislación jurisdiccional: inseguridad jurídica, cambios constantes, violación de la división de poderes y los principios republicanos, indebido proceso, limitaciones formales, restricciones al derecho de acceso a la justicia, y mayor degradación y decadencia en el noble trabajo de abogar.