La Corte modifica nuevamente su legislación restrictiva de los escritos de los abogados.
La Corte Suprema de Justicia de Santa Fe puso en vigencia otro nuevo reglamento para la presentación de escritos judiciales. El parche continĆŗa la saga de la inseguridad jurĆdica. La medida, que morigera muy poco y mantiene la limitación de extensión y formato, generó inquietud en el foro. La acotada revisión se canalizó a travĆ©s de los colegios de abogados de la provincia menos consustanciados con la nueva composición del mĆ”ximo tribunal surgida en la gestión del actual gobernador.

En una legislación emanada de la Corte Suprema de Justicia de Santa Fe mediante «actas acuerdos», se impusieron nuevas restricciones para la presentación y contestación de demandas ante los tribunales de primera instancia.
La normativa āvigente desde el 1Āŗ de noviembreā restringe severamente la capacidad jurĆdica de los escritos firmados por los abogados. TambiĆ©n legisla que, en caso de incumplimiento, el juez pueda intimar a subsanar el defecto en dos dĆas hĆ”biles, bajo apercibimiento de considerar el escrito no presentado. Lo cual consulta una gravedad evidente.
Estas disposiciones fueron dictadas por el mÔximo tribunal provincial y no constituyen legislación promovida o consensuada con los colegios de abogados según estos aseveraron. Se trata de una decisión jurisdiccional con alcance general que no fue emanada por el Poder Legislativo.
La controversia comenzó cuando a partir del 21 de julio los abogados se comenzaron a quejar por la sorpresiva legislación jurisdiccional y un grupo de juristas alertó sobre las āReglas para la interposición de recursos ante los órganos jurisdiccionalesā dictadas por la Corte provincial, que limitan fuertemente la extensión de escritos y establecen sanciones drĆ”sticas ante incumplimientos formales.
El anĆ”lisis doctrinal publicado por Casa de Abogados bajo el tĆtuloĀ āĀæAcomodar el cuerpo al traje o el traje al cuerpo?āĀ advirtió que el nuevo esquema puede vulnerar derechos constitucionales como el acceso a la justicia y el derecho de defensa, y cuestionó si la Corte tiene competencia para imponer este tipo de disposiciones procesales radicales.
Mucho tiempo despuĆ©s, el 23 de octubre, la presidencia delĀ Colegio de Abogados de Rosario hizo pĆŗblica una nota enviada a la Corte santafesina, pidiendo ārevisar y suspenderā la aplicación de esas reglas. El comunicado, difundido en el sitio institucional colabro.org.ar, reconoce que la normativa puede afectar el derecho a peticionar y el ejercicio profesional de los abogados.
Sin embargo, la Corte no solamente no introdujo modificaciones sino que amplió las restricciones y esta Ćŗltima medida habrĆa comenzado a regir en los plazos previstos. Los trabajadores judiciales cuentan que sufren tambiĆ©n del desconcierto a la hora de proveer. Tal como seƱaló Casa de Abogados en una publicación anterior, esta situación representó un nuevo revĆ©s para la gestión del Colegio de Abogados de Rosario.
Ahora bien, la nueva y acotada revisión que motiva esta nota se canalizó a través de los colegios de abogados de la provincia menos consustanciados con la nueva composición del mÔximo tribunal surgida en la gestión del actual gobernador. La Federación de Colegios de Abogados de la Provincia de Santa Fe según sus objetivos estatutarios, busca unificar criterios y canalizar una respuesta colectiva del foro profesional.
En tal sentido, el gobierno del Colegio de Abogados de Rosario reconoció que fueron ālas gestiones realizadas por la Federación de Colegios de la AbogacĆa de Santa Feā e informó que ahora āla Corte Suprema de Justicia de Santa Fe resolvió, mediante el Acta NĀŗ 41/25 disponer que, en los casos de mayor complejidad, la parte podrĆ” extenderse en el lĆmite fijado.
Asimismo, eliminó los apercibimientos de tener por no presentados los escritos que no cumplimenten los requisitos exigidos disponiendo que el Juez intimarĆ” a la parte para readecuar y subsanar la presentación en el tĆ©rmino de tres dĆas hĆ”biles, sin especificar sanción alguna por el incumplimientoā.
Para la nueva Corte, las āreglasā apuntan a mejorar la eficiencia y la claridad de las presentaciones judiciales, dentro de una polĆtica de modernización y digitalización del sistema.
No obstante, entre profesionales del derecho, juristas y entidades colegiales persisten duras impugnaciones constitucionales sobre los efectos reales de la legislación jurisdiccional: inseguridad jurĆdica, cambios constantes, violación de la división de poderes y los principios republicanos, indebido proceso, limitaciones formales, restricciones al derecho de acceso a la justicia, y mayor degradación y decadencia en el noble trabajo de abogar.
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