La Corte modifica nuevamente su legislación restrictiva de los escritos de los abogados.
La Corte Suprema de Justicia de Santa Fe puso en vigencia otro nuevo reglamento para la presentación de escritos judiciales. El parche continúa la saga de la inseguridad jurídica. La medida, que morigera muy poco y mantiene la limitación de extensión y formato, generó inquietud en el foro. La acotada revisión se canalizó a través de los colegios de abogados de la provincia menos consustanciados con la nueva composición del máximo tribunal surgida en la gestión del actual gobernador.

En una legislación emanada de la Corte Suprema de Justicia de Santa Fe mediante «actas acuerdos», se impusieron nuevas restricciones para la presentación y contestación de demandas ante los tribunales de primera instancia.
La normativa —vigente desde el 1º de noviembre— restringe severamente la capacidad jurídica de los escritos firmados por los abogados. También legisla que, en caso de incumplimiento, el juez pueda intimar a subsanar el defecto en dos días hábiles, bajo apercibimiento de considerar el escrito no presentado. Lo cual consulta una gravedad evidente.
Estas disposiciones fueron dictadas por el máximo tribunal provincial y no constituyen legislación promovida o consensuada con los colegios de abogados según estos aseveraron. Se trata de una decisión jurisdiccional con alcance general que no fue emanada por el Poder Legislativo.
La controversia comenzó cuando a partir del 21 de julio los abogados se comenzaron a quejar por la sorpresiva legislación jurisdiccional y un grupo de juristas alertó sobre las “Reglas para la interposición de recursos ante los órganos jurisdiccionales” dictadas por la Corte provincial, que limitan fuertemente la extensión de escritos y establecen sanciones drásticas ante incumplimientos formales.
El análisis doctrinal publicado por Casa de Abogados bajo el título “¿Acomodar el cuerpo al traje o el traje al cuerpo?” advirtió que el nuevo esquema puede vulnerar derechos constitucionales como el acceso a la justicia y el derecho de defensa, y cuestionó si la Corte tiene competencia para imponer este tipo de disposiciones procesales radicales.
Mucho tiempo después, el 23 de octubre, la presidencia del Colegio de Abogados de Rosario hizo pública una nota enviada a la Corte santafesina, pidiendo “revisar y suspender” la aplicación de esas reglas. El comunicado, difundido en el sitio institucional colabro.org.ar, reconoce que la normativa puede afectar el derecho a peticionar y el ejercicio profesional de los abogados.
Sin embargo, la Corte no solamente no introdujo modificaciones sino que amplió las restricciones y esta última medida habría comenzado a regir en los plazos previstos. Los trabajadores judiciales cuentan que sufren también del desconcierto a la hora de proveer. Tal como señaló Casa de Abogados en una publicación anterior, esta situación representó un nuevo revés para la gestión del Colegio de Abogados de Rosario.
Ahora bien, la nueva y acotada revisión que motiva esta nota se canalizó a través de los colegios de abogados de la provincia menos consustanciados con la nueva composición del máximo tribunal surgida en la gestión del actual gobernador. La Federación de Colegios de Abogados de la Provincia de Santa Fe según sus objetivos estatutarios, busca unificar criterios y canalizar una respuesta colectiva del foro profesional.
En tal sentido, el gobierno del Colegio de Abogados de Rosario reconoció que fueron “las gestiones realizadas por la Federación de Colegios de la Abogacía de Santa Fe” e informó que ahora “la Corte Suprema de Justicia de Santa Fe resolvió, mediante el Acta Nº 41/25 disponer que, en los casos de mayor complejidad, la parte podrá extenderse en el límite fijado.
Asimismo, eliminó los apercibimientos de tener por no presentados los escritos que no cumplimenten los requisitos exigidos disponiendo que el Juez intimará a la parte para readecuar y subsanar la presentación en el término de tres días hábiles, sin especificar sanción alguna por el incumplimiento”.
Para la nueva Corte, las “reglas” apuntan a mejorar la eficiencia y la claridad de las presentaciones judiciales, dentro de una política de modernización y digitalización del sistema.
No obstante, entre profesionales del derecho, juristas y entidades colegiales persisten duras impugnaciones constitucionales sobre los efectos reales de la legislación jurisdiccional: inseguridad jurídica, cambios constantes, violación de la división de poderes y los principios republicanos, indebido proceso, limitaciones formales, restricciones al derecho de acceso a la justicia, y mayor degradación y decadencia en el noble trabajo de abogar.